martes, 22 de febrero de 2011

LOPD y Derecho a la Intimidad: El Supremo ordena quitar las cámaras que graben a vecinos

Instalar cámaras en tu casa por motivos de seguridad que graben las entradas y salidas de tu vecino constituye una intromisión ilegítima en su derecho a la intimidad personal y familiar.

El Tribunal Supremo lo declara así en una sentencia que confirma la dictada por la Audiencia de Tenerife, que condenó a retirar los aparatos de grabación y a indemnizar con 300 euros a la persona cuyas entradas y salidas de su casa quedaban registradas en las grabaciones.

La sentencia del alto tribunal, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala de lo Civil, Juan Antonio Xiol Ríos, considera que "la grabación de las entradas y salidas del domicilio" por sus tres entradas "afectan, aun cuando sólo sea tangencialmente, a la esfera íntima donde se desarrolla la vida del actor y suponen un control o vigilancia sobre una faceta que toda persona reserva para sí misma o su círculo íntimo".

Por eso, la instalación de las cámaras "no supera el juicio de proporcionalidad" que debe realizarse para ver qué derecho prevalece: el de garantizar los bienes y la seguridad del vecino que instaló los aparatos o el de quien vive en la vivienda anexa y ve mermada su intimidad con la medida acordada por el primero.

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